Préstamos con Retención en UI

 

Préstamos al Consumo en Unidades Indexadas para clientes con convenio

 

Pueden acceder al mismo los empleados de empresas públicas y privadas que mantengan con nuestro Banco convenio suscrito de retención pre-pactada de haberes y de desarrollo de productos financieros en Unidades Indexadas.
Las cuotas son fijas en unidades indexadas, mensuales y consecutivas y se descontarán directamente de los haberes mensuales del titular, evitando demoras, traslados y colas para la realización del pago.

 

Tramitación

En las Sucursales del BROU en todo el país, presentando la documentación indicada en "Requisitos".

 

Requisitos

Cédula de identidad vigente y en buen estado.
En los casos en que el endeudamiento implique un endeudamiento total del cliente superior a las UI 250.000: Estado de Responsabilidad (Formulario proporcionado por el Banco en sus Sucursales y en su página web).
Si existieran bienes declarados, se exigirá la certificación notarial que establezca el derecho de propiedad sobre los bienes declarados e informe sobre la existencia de gravámenes que recaigan sobre los mismos.

 

Antigüedad requerida para operar

Préstamos con retención - Antigüedad requerida para operar - Condiciones generales mínimas

 

Empresas y organismos con convenio Opera con codeudor Opera a sola firma
Empleados Públicos Presupuestados Con 6 meses Con 1 año
Empleados públicos contratados, eventuales u otros

 

Con 1 año

 

Con 2 años
Empleados de empresas privadas con convenio
Autoridades nacionales: Fiscal Letrado, Ministros, Parlamentarios, y cargos de particular confianza No Desde el 1er día del mes

 

Renovación

Podrá renovarse sin haberse cancelado totalmente, para lo cual se deberá tener al menos el 50% de las cuotas retenidas. Se habilita por única vez la renovación de préstamos en pesos, sin controlar el requisito del porcentaje mínimo de cuotas pagas, exclusivamente por un plazo de 90 días a contar desde el momento de la inclusión de cada empresa asociada en esta modalidad.

 

Cancelación Anticipada.

Podrá aceptarse la cancelación antes del vencimiento total del préstamo, en cuyo caso se cobrará la comisión establecida.
Comisión establecida

 

Restricciones

El vencimiento de la última cuota deberá ocurrir antes de que el solicitante cumpla los 65 años de edad. La cuota mínima, no podrá ser inferior a 400 unidades indexadas, excepto en aquellos casos en que, tratándose de un único préstamo, los propios haberes impidan acceder a un valor superior.

 

Plazos

El plazo mínimo para operar es de 12 meses y el máximo estará determinado en forma diferencial para cada empresa, lo que será comunicado a través de instructivo que se proporcionará por la empresa empleadora.

 

Tasas

Las Tasas vigentes al momento de liquidar la operación.

 

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